
La Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial ratificó la sentencia de primera instancia que ordena a DirecTV, proveedora de televisión satelital, pagar a un cliente hipervulnerable una compensación por los daños ocasionados. Esta suma incluye el monto abonado por una de las dos cuentas contratadas, además de $500 mil por daño moral y $800 mil por daño punitivo, junto con los intereses y costas procesales.
La sentencia inicial fue objeto de apelación por parte de DirecTV. El servicio había sido contratado para dos cuentas independientes en Finca Pucará, Rosario de Lerma, con el pago a través de débito automático en tarjeta de crédito.
El cliente notó la falta de servicio en una de las cuentas y comenzó a reclamar telefónicamente. La empresa le sugirió desconocer el servicio de una cuenta por este medio. Sin embargo, al iniciar el reclamo administrativo ante la Secretaría de Defensa del Consumidor, el cliente descubrió que debía desconocer otra cuenta diferente a la sugerida por teléfono.
La empresa debía haber proporcionado al consumidor información clara y detallada sobre las cuentas y la situación objeto de reclamo. El proceso que siguió, incluyendo amenazas de inclusión en el Veraz por parte de la empresa, culminó en la vía judicial.
Las juezas María Inés Casey y María Silvina Domínguez enfatizaron el deber de la empresa de proporcionar información adecuada. “La información debe ser exacta, suficiente y completa. El deber de informar encuentra su justificación en el desequilibrio de conocimientos entre las partes contratantes, desequilibrio que se agrava en el ámbito del consumo. Por ello, la información es el principal recurso con el que cuentan los consumidores para enfrentar las tácticas agresivas del comercio moderno. De una buena información depende un consentimiento libremente formado y sin vicios”, afirmaron.
Asimismo, sostuvieron que “el proveedor del servicio tiene la obligación de proporcionar al consumidor información veraz, detallada, eficaz y suficiente, no solo en la etapa precontractual, sino también durante la ejecución del contrato”. La empresa, al contar con todos los documentos suscritos por el cliente y las herramientas necesarias para brindar explicaciones claras y rápidas, es la parte más fuerte en la relación de contratación.








