{"id":39760,"date":"2026-10-23T10:29:33","date_gmt":"2026-10-23T13:29:33","guid":{"rendered":"https:\/\/airevision.com.ar\/?p=190511"},"modified":"2026-10-23T10:29:33","modified_gmt":"2026-10-23T13:29:33","slug":"caso-de-la-estudiante-de-catamarca-dos-causas-judiciales-investigan-la-difusion-de-material-intimo-y-el-hostigamiento","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/nvccatamarca.com\/index.php\/2026\/10\/23\/caso-de-la-estudiante-de-catamarca-dos-causas-judiciales-investigan-la-difusion-de-material-intimo-y-el-hostigamiento\/","title":{"rendered":"Caso de la estudiante de Catamarca: dos causas judiciales investigan la difusi\u00f3n de material \u00edntimo y el hostigamiento"},"content":{"rendered":"<div class=\"td-post-featured-image\"><a href=\"https:\/\/airevision.com.ar\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/celular.jpg\" data-caption><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" data-lazyloaded=\"1\" src=\"https:\/\/airevision.com.ar\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/celular.jpg\" width=\"696\" height=\"391\" class=\"entry-thumb td-modal-image\" data-sizes=\"(max-width: 696px) 100vw, 696px\" alt title=\"celular\" srcset=\"https:\/\/airevision.com.ar\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/celular.jpg 730w, https:\/\/airevision.com.ar\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/celular-300x168.jpg 300w, https:\/\/airevision.com.ar\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/celular-150x84.jpg 150w, https:\/\/airevision.com.ar\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/celular-450x253.jpg 450w\"><\/a><\/div>\n<p data-pm-slice=\"1 1 []\">La investigaci\u00f3n por la difusi\u00f3n no consentida de im\u00e1genes \u00edntimas de una estudiante de 17 a\u00f1os de un colegio privado de Catamarca avanza por dos v\u00edas judiciales diferentes. Tres adolescentes fueron imputados por la presunta producci\u00f3n y distribuci\u00f3n del material, mientras que una joven mayor de edad es investigada por los episodios de hostigamiento que habr\u00eda sufrido la v\u00edctima, especialmente durante el viaje de egresados a Bariloche.<\/p>\n<h2 data-pm-slice=\"1 1 []\">Una imputaci\u00f3n cuestionada por las defensas<\/h2>\n<p>La primera causa est\u00e1 a cargo del fiscal Penal Juvenil Guillermo Narv\u00e1ez, quien formul\u00f3 cargos contra tres adolescentes por la presunta producci\u00f3n y distribuci\u00f3n de representaciones sexuales de una persona menor de 18 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Sin embargo, la situaci\u00f3n procesal de los j\u00f3venes todav\u00eda tiene planteos pendientes. Las defensas de dos de los imputados solicitaron la nulidad del decreto de determinaci\u00f3n del hecho, al considerar que las conductas atribuidas a cada uno no fueron descriptas con la precisi\u00f3n necesaria.<\/p>\n<p>El planteo fue rechazado por la Fiscal\u00eda y luego por el juez de Control de Garant\u00edas, que ratific\u00f3 la validez de la imputaci\u00f3n. No obstante, uno de los abogados apel\u00f3 la resoluci\u00f3n, por lo que el caso deber\u00e1 ser revisado por una instancia judicial superior.<\/p>\n<p>Hasta el momento de las actuaciones informadas, ninguno de los tres adolescentes hab\u00eda prestado declaraci\u00f3n indagatoria.<\/p>\n<h2 data-pm-slice=\"1 1 []\">Las distintas situaciones de los tres adolescentes<\/h2>\n<p>En el marco de la investigaci\u00f3n, trascendi\u00f3 que uno de los j\u00f3venes pidi\u00f3 disculpas por lo sucedido, cambi\u00f3 de establecimiento educativo y no particip\u00f3 del viaje de egresados a Bariloche al que asisti\u00f3 la estudiante.<\/p>\n<p>Los otros dos adolescentes, en cambio, continuaron vinculados al grupo escolar y participaron del viaje.<\/p>\n<p>Estas diferencias forman parte del contexto que rodea al caso, pero no determinan por s\u00ed solas la responsabilidad penal de los involucrados. Ser\u00e1 la Justicia la que deber\u00e1 establecer qu\u00e9 participaci\u00f3n tuvo cada uno en los hechos investigados, particularmente en la presunta producci\u00f3n y circulaci\u00f3n del material \u00edntimo.<\/p>\n<h2>La defensa niega que existan pruebas suficientes<\/h2>\n<p>El abogado Marcos Gandini, defensor de uno de los imputados, cuestion\u00f3 la solidez de la acusaci\u00f3n y sostuvo que no habr\u00eda elementos suficientes para demostrar que su asistido particip\u00f3 en la difusi\u00f3n del video.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el letrado, pese a la recepci\u00f3n de testimonios y al secuestro de tel\u00e9fonos celulares, no se habr\u00eda acreditado que los adolescentes recibieran, reenviaran o distribuyeran el material.<\/p>\n<p>La defensa tambi\u00e9n cuestion\u00f3 la precisi\u00f3n con la que se describieron las conductas atribuidas individualmente a los tres j\u00f3venes. Por ese motivo, busca que una instancia superior revise la validez del acto procesal que dio lugar a la imputaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n de estos planteos ser\u00e1 relevante para determinar c\u00f3mo contin\u00faa la causa, aunque la responsabilidad de cada involucrado deber\u00e1 establecerse a partir de las pruebas incorporadas al expediente.<\/p>\n<h2>Una segunda causa por presunto hostigamiento<\/h2>\n<p>En paralelo, otra investigaci\u00f3n tiene como protagonista a una joven mayor de edad que difundi\u00f3 en sus redes sociales un video en el que reconoci\u00f3 haber participado en situaciones de hostigamiento contra la estudiante.<\/p>\n<p>Por tratarse de una persona adulta, las actuaciones est\u00e1n a cargo de la fiscal Paola Gonz\u00e1lez Pinto.<\/p>\n<p>A diferencia de la causa que involucra a los tres adolescentes, esta investigaci\u00f3n se concentra en las presuntas agresiones, burlas y humillaciones sufridas por la v\u00edctima, y no en la presunta producci\u00f3n o distribuci\u00f3n original del material \u00edntimo.<\/p>\n<p>En el video que se viraliz\u00f3, la joven describi\u00f3 distintas situaciones de maltrato hacia su compa\u00f1era y reconoci\u00f3 que las burlas se repet\u00edan. Sus declaraciones forman parte del contexto que deber\u00e1 analizar la Justicia para establecer si los hechos denunciados tienen relevancia penal.<\/p>\n<h2 data-pm-slice=\"1 1 []\">\u00bfEl bullying puede constituir un delito?<\/h2>\n<p>En el \u00e1mbito jur\u00eddico argentino, el bullying no est\u00e1 tipificado por s\u00ed mismo como un delito aut\u00f3nomo en el C\u00f3digo Penal. Sin embargo, determinadas conductas de hostigamiento pueden ser investigadas si re\u00fanen los elementos de una figura penal prevista en la legislaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Una de las posibilidades que deber\u00e1 evaluarse en este caso es si los episodios denunciados provocaron una afectaci\u00f3n de la salud psicol\u00f3gica de la estudiante que pueda encuadrarse en el delito de lesiones leves, contemplado en el art\u00edculo 89 del C\u00f3digo Penal.<\/p>\n<p>Para determinarlo, las evaluaciones psicol\u00f3gicas podr\u00edan resultar relevantes, tanto para establecer si existe un da\u00f1o en la salud ps\u00edquica como para analizar su posible relaci\u00f3n con los hechos denunciados.<\/p>\n<p>De esta manera, la causa presenta dos l\u00edneas de investigaci\u00f3n con alcances diferentes: una busca esclarecer la presunta producci\u00f3n y circulaci\u00f3n de material \u00edntimo de una menor de edad, mientras que la otra procura determinar si el hostigamiento denunciado puede generar responsabilidades penales. En ambos expedientes, las conclusiones depender\u00e1n de las pruebas reunidas y de las decisiones que adopte la Justicia.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La investigaci\u00f3n por la difusi\u00f3n no consentida de im\u00e1genes \u00edntimas de una estudiante de 17 a\u00f1os de un colegio privado de Catamarca avanza por dos v\u00edas judiciales diferentes. 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