La Fiscalía Penal de Violencia Familiar y de Género resolvió diferir el tratamiento del pedido de sobreseimiento por inimputabilidad presentado por la defensa de Marcelo Joaquín Tula, imputado por la muerte de su madre, Norma Beatriz Tula.
La resolución fue emitida este 24 de septiembre y surge a partir del planteo realizado por la defensa oficial de Tula, a cargo del defensor Mariano Guillamondegui, quien solicitó el sobreseimiento por inimputabilidad en los términos del artículo 34 inciso 1° del Código Penal, basándose principalmente en el informe elaborado por la Junta Interdisciplinaria del CIF.
Sin embargo, la querella se opuso al pedido y solicitó que antes de adoptar una decisión se realicen aclaraciones sobre las conclusiones y metodología utilizadas en el informe interdisciplinario, además de producirse otras medidas de prueba vinculadas tanto con la materialidad como con la autoría del hecho.
En ese marco, la Fiscalía sostuvo que cuenta con elementos suficientes para considerar que Marcelo Joaquín Tula fue el autor material de la muerte de su madre, aunque aclaró que la controversia actual está centrada en determinar su condición de imputabilidad o inimputabilidad.
La inimputabilidad deberá analizarse con toda la prueba
La Fiscalía consideró que la inimputabilidad constituye un criterio jurídico que corresponde determinar a la jurisdicción y que, si bien las evaluaciones médicas tienen relevancia, deben ser valoradas junto con el resto de las pruebas incorporadas a la causa.
Por ese motivo, hizo lugar parcialmente a los planteos formulados por la querella y decidió avanzar con nuevas medidas antes de solicitar una audiencia ante la jueza de Garantías.
Entre las medidas dispuestas, se encuentra la producción de una pericia informática, cuyo inicio fue fijado para el 7 de octubre de 2026, a las 8:30, en el Laboratorio Forense, con una duración prevista de cuatro días hábiles.
También se ordenó requerir a Telecom Argentina información vinculada a la línea telefónica 3834407676, incluyendo titularidad, datos contractuales, llamadas, mensajes de texto, tráfico de datos y ubicación geográfica de las antenas que hayan captado comunicaciones correspondientes al 19 de julio de 2026, entre las 7 y las 20 horas.
Audiencia para discutir el informe interdisciplinario
Otro de los puntos centrales de la resolución es que las observaciones formuladas por la querella al informe de la Junta Interdisciplinaria serán abordadas en una audiencia oral prevista por el artículo 132 del Código Procesal Penal.
La Fiscalía explicó que la oralidad permitirá que las partes puedan formular directamente sus observaciones y recibir explicaciones de los profesionales intervinientes, garantizando los principios de inmediación y contradicción.
Para esa instancia, se prevé la participación de los profesionales del Hospital San Juan Bautista que llevan adelante el tratamiento de Marcelo Joaquín Tula, de quienes participaron de la Junta Interdisciplinaria del CIF y de la profesional que realizó el informe de operación autopsia.
El pedido de sobreseimiento queda en suspenso
En concreto, respecto de la presentación de la defensa, la Fiscalía resolvió no hacer lugar por el momento al tratamiento de los puntos vinculados al pedido de sobreseimiento, difiriendo su análisis hasta que concluya la Investigación Penal Preparatoria.
De esta manera, la resolución no concede el sobreseimiento ni lo rechaza definitivamente. El planteo continuará pendiente mientras se incorporan nuevas pruebas y se analizan las observaciones realizadas al informe interdisciplinario.
Una vez cumplidas las medidas ordenadas, la Fiscalía solicitará a la jueza de Garantías de Segunda Nominación la audiencia prevista por el artículo 132 del Código Procesal Penal, donde las partes podrán evacuar sus observaciones directamente ante los profesionales que intervinieron en el proceso.









